La monografía que el lector tiene en sus manos constituye una obra de ineludible referencia que analiza la idoneidad de la autorregulación, en materia de contratación electrónica y publicidad interactiva, estudiando, de manera minuciosa, la aplicación de tal herramienta. Necesitada la cuestión anterior de exhaustiva regulación, no puede desconocerse que, si en todas las materias el legislador siempre va a remolque de la realidad, en ésta, por su propia naturaleza, la legislación difícilmente puede estar al día en los desafíos que derivan de su desarrollo. Por tanto, es la doctrina y la propia autodisciplina del sector la que tendrá que ir dando solución a las nuevas e imprevistas situaciones que cotidianamente surgen, siempre revisitando las categorías jurídicas tradicionales, pero adaptadas a las nuevas realidades.
El recurso a la autodisciplina, que se estudia detenidamente, es de especial conveniencia en aquellos ámbitos de contratación en los que concurre algún déficit en la tutela del generalmente contratante débil. La colaboración voluntaria, en estos supuestos, de los propios agentes que participan en el procedimiento de elaboración y comercialización de bienes como de los prestadores de servicios, se erige en un presupuesto prioritario para garantizar el amparo del consumidor. Esta última cooperación, que es susceptible de manifestarse en la asunción facultativa de ciertas herramientas de autodisciplina, en base al principio de la autonomía privada, se erige en una sugerente técnica privada de protección que permite complementar ?que no sustituir? a los restantes instrumentos públicos de carácter normativo. Todo ello redunda en una mayor salvaguarda del consumidor.